Proceso a seguir:
6.1. Al ser notificada la producción de la existencia de
un riesgo, ésta deberá dirigir a la persona en sospecha con un médico especializado, neumólogo o
infectólogo, para la detección clínica de la enfermedad.
En caso de que el médico dictamine clínicamente la enfermedad o un alto riesgo, se procederá a realizar prueba PCR COVID-19.
6.2. A la par, se debe dar un seguimiento cada 48 hrs al resto del crew para conocer si hay más casos con síntomas, este seguimiento será por un periodo de 14 días, tiempo máximo de incubación del virus.
6.3. Al obtener el resultado de la prueba de laboratorio con la confirmación de la enfermedad, los equipos de producción en su totalidad se deberán aislar en rigurosa cuarentena.
Y la persona contagiada deberá seguir de manera estricta el tratamiento y las recomendaciones médicas y de autoridades.
6.4. Para los equipos en cuarentena se deberá realizar:
6.4.1. Realizar prueba PCR COVID-19 o estricta cuarentena por 14 días y no presentar síntomas en este periodo.
6.4.2. Una vez cumplido cualquiera de estas dos acciones podrán reincorporarse a equipos de producción activos.
6.5. Las productoras deberán llenar el formato de seguimiento con toda persona con síntomas. En documento compartido por la vía la plataforma de la industria audiovisual.
6.6. La plataforma de la industria audiovisual realizará un rastreo de producciones en las que exista riesgo.
6.7. Se pone a disposición de la industria el canal de contacto: contacto@seguridadaudiovisual.mx